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Situación de bolsas y mercados. Nuevo impuesto sobre transacciones financieras

08:59 || 11/10/2018
En Destacado en INTRADÍA

En el proyecto de presupuestos pactado hoy ya aparece de forma expresa que se va a introducir el Impuesto sobre transacciones financieras.

Hay que recordar que este es un pacto entre sólo dos partidos, PSOE y Podemos, que juntos no alcanzan la mayoría absoluta. Por ello aún no será nada seguro, mientras no haya más partidos que los apoyen. Podría darse la posibilidad de que nunca vieran la luz, o de que determinados partidos introduzcan enmiendas para dar su visto bueno.

En suma, que no hay ninguna garantía que de lo que vamos a hablar hoy sea lo definitivo, pero al menos ya es la primera vez que se pone este tema muy importante para los inversores encima de la mesa.

Les copio el texto íntegro que ha publicado el gobierno sobre este impuesto:

Se creará un Impuesto sobre las Transacciones Financieras, consistente en gravar con un 0,2% las operaciones de compra de acciones españolas ejecutadas por operadores del sector financiero.

Solamente se someterán a tributación al 0,2% las acciones emitidas en España de empresas cotizadas cuya capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de Euros. No se gravará la compra de acciones de PYMES y empresas no cotizadas.

Quedan fuera del ámbito del Impuesto la deuda, tanto la pública como la privada, y los derivados

Conclusiones importantes:

  • El impuesto solo afectará a las acciones españolas como ya hicieron Italia y Francia. Es decir nos disparamos un tiro en el pie como ya hicieron ellos. Basta con comprar acciones alemanas o americanas o de la mayoría de países y no se paga el impuesto.
  • Dentro de que sólo afecta a las acciones españolas, siguiendo el modelo francés, afecta específicamente a los que tenga capitalización bursátil de más de 1.000 millones de euros. Es decir afecta a todo el Ibex 35, ya que el que menos tiene está ligeramente por encima. Todos salvo error, están por encima de esa cifra. Lógicamente en el mercado continuo ya hay muchos que no estarían afectos por la medida.
  • El tipo será del 0,2%, Francia empezó con el 0,1% y pasó al 0,3%. Francamente nos parece un disparate. No se aclara si se aplica a la compra y luego a la venta, suponemos que sí, con lo cual la merma de rentabilidad para los fondos que inviertan en acciones del Ibex en caso de ser aprobado definitivamente será un factor a tener en cuenta. Si es un fondo muy activo puede ser una partida muy importante.
  • No se aplica a operaciones de compra venta de deuda.
  • No se aplica a derivados. Lo pone muy breve pero bien claro. Luego el impuesto sólo afectará a los valores contado. Se puede comprar tranquilamente vía CFDs, futuros, opciones sin pagar el impuesto. Nos sigue pareciendo todo un poco surrealista.
  • No se aclara, si se aplica a intradía, es decir a operaciones que se cierren en el día, o si se aplica como en Francia solo al saldo neto al final del día. Si se sigue el modelo francés como parece que se está haciendo no se debería aplicar a intradía. Los franceses han tenido muchos problemas con este tema y lo dejaron estar.

En conclusión, muy importante que no se aplique a derivados, con lo cual queda un impuesto que afecta exclusivamente para acciones del Ibex y pocas más. Basta con no trabajar con acciones contado españolas y en paz. Es un impuesto que por tanto va a afectar muy poco a la mayoría de lectores de estas web, y eso sí van  a perjudicar notablemente a los fondos que invierten en acciones del Ibex, que habrá que evitar.

Nos parece que el impuesto va a suponer un claro descenso del volumen de contratación del Ibex si se pone en vigor, y pone más palos en las ruedas de una bolsa que lleva ya mucho tiempo siendo muy poco atractiva para el inversor extranjero.

Otro factor que puede afectar al inversor en los presupuestos sería la subida de 4 puntos en el % a pagar por plusvalías, pero solo para quien tenga rentas superiores a 140.000 euros. Para los demás se queda igual. Se había temido un endurecimiento de la fiscalidad del ahorro, que ahora mismo está bastante bien.

Por último se dan una serie de instrucciones para endurecer la vigilancia de las SICAVs que cada vez va a ser más difícil que sobrevivan con el paso del tiempo y nuevas normas sobre las SOCIMIs que copiamos aquí, ojo que el cambio les perjudica bastante:

Las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) tienen el régimen especial de tributación de las Instituciones de Inversión Colectiva. Por las rentas obtenidas en el ejercicio de su actividad principal (alquiler y renta de inmuebles) las SOCIMI tienen un tipo de gravamen del 0%. Por las rentas que perciben en otro tipo de actividades las SOCIMI tienen que pagar un tipo de gravamen del 25%. Se acuerda aplicar un tipo de gravamen del 15% sobre los beneficios no distribuidos por este tipo de entidades.

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